Una auditoría del SAT puede generar créditos fiscales que pongan en riesgo la continuidad de un negocio. Conocer las modalidades de revisión y la estrategia de defensa adecuada puede reducir el impacto de manera significativa.
Las tres modalidades de auditoría del SAT
- Visita domiciliaria: auditores del SAT acuden físicamente al domicilio fiscal de la empresa. La más completa y la que genera mayor incertidumbre operativa.
- Revisión de gabinete: el SAT solicita información y documentación por escrito. La empresa tiene plazos para enviar los documentos sin que los auditores acudan al domicilio.
- Revisión electrónica: el SAT detecta discrepancias en la información electrónica (CFDI, declaraciones, DIOT) y notifica directamente al buzón tributario. El contribuyente tiene 15 días para desvirtuar las diferencias.
Plazos que no puedes ignorar
En una revisión de gabinete, el contribuyente tiene 15 días hábiles para entregar la información solicitada (prorrogables una sola vez por 10 días más). En revisión electrónica, el plazo es de 15 días sin prórroga automática. No responder en tiempo puede resultar en que el crédito provisional se vuelva definitivo sin posibilidad de aclaración.
Los documentos que el SAT siempre solicita
Sin importar la modalidad, prepara siempre:
- Pólizas contables del periodo revisado
- Comprobantes de ingresos (CFDI emitidos)
- Comprobantes de deducciones (CFDI recibidos con su sustancia económica)
- Estados de cuenta bancarios
- Conciliación entre declaración anual y contabilidad
- Contratos que amparen los ingresos y gastos más relevantes
Medios de impugnación disponibles
Si el SAT determina un crédito fiscal que consideras incorrecto, tienes tres opciones principales:
- Recurso de revocación: ante la misma autoridad. Plazo: 30 días hábiles. Resolución: 3 a 6 meses.
- Juicio contencioso-administrativo: ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Más tiempo pero más opciones procesales.
- Amparo indirecto: en casos donde el acto viola garantías constitucionales.